GobiernoTransparente

Funciones, competencias y responsabilidades

A continuación se presenta toda la normativa que establece facultades, funciones o atribuciones para este Organismo (Consejo de Defensa del Estado) y para cada una de sus unidades u órganos internos.

Última actualización:

Tipo de norma
Número
Nombre/Título

Fecha de publicación en el D.O.
(dd/mm/aaaa)

Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Ley orgánica del CDE
Art. 2
Defender judicialmente los intereses del Estado.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 1
Defender al Fisco en todos los juicios y en los actos no contenciosos de cualquiera naturaleza, sin perjuicio de la que corresponda, de acuerdo con la ley, a los abogados de otros servicios públicos.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 2
Defender al Estado en los juicios que afecten a bienes nacionales de uso público, cuando la defensa de estos bienes no corresponda a otros organismos. Le corresponderá también, el examen  legal de los títulos de las propiedades  fiscales, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden al Ministerio de Bienes Nacionales.  
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 3
Defender los juicios en que tengan algún interés  los servicios de la administración descentralizada del Estado o las entidades privadas en que el Estado tenga aporte o participación mayoritarios, siempre que el respectivo servicio jurídico no esté en condiciones de asumir convenientemente tal función, circunstancia que en cada caso calificará el Consejo.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 4
Ejerce la acción penal, tratándose de delitos que pudieren acarrear perjuicios económicos para el Fisco u organismos del Estado. El Consejo ejercerá la acción penal tratándose, especialmente, de delitos tales como malversación o defraudación de caudales públicos y aquellos que importen sustracción, pérdida o fraude de fondos del Fisco, organismos del Estado o de las entidades de derecho privado a las que el Estado o sus instituciones hagan aportes o subvenciones o en las cuales tengan participación mayoritaria o igualitaria.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 5
Ejercer la acción penal, tratándose de delitos cometidos en el desempeño de sus funciones o empleos por funcionarios públicos o empleados de organismos del Estado, de la Administración del Estado, de los gobiernos regionales, de las municipalidades, o de las instituciones o servicios descentralizados funcional o territorialmente. Ejercer la acción penal tratándose, especialmente de delitos tales como cohecho, soborno y negociación incompatible.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 6
La supervigilancia de la conducción de la defensa de los  procesos a cargo de los servicios públicos de la Administración del Estado, de los gobiernos regionales, de las municipalidades, de las instituciones o servicios descentralizados territorial o funcionalmente y de las entidades de derecho privado en que el Estado o sus instituciones tengan aportes o participación mayoritarios o igualitarios, por acuerdo del Consejo.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 7
Asumir la defensa en los recursos de protección que se interpongan en contra  del Estado, los gobiernos regionales, las municipalidades, los servicios públicos centralizados, las instituciones o servicios descentralizados territorial o funcionalmente y las entidades de derecho privado en que el Estado o sus instituciones tengan aportes o participación mayoritarios o igualitarios, cuando así lo acuerde el Consejo.
Asimismo, podrá acordar asumir la defensa de los agentes públicos o empleados en contra de los cuales se interponga el recurso de protección o hacerse parte en dichos recursos, en representación del Estado o de la institución a quien representa o donde presta sus servicios el funcionario o empleado recurrido, siempre que así lo acuerde el Consejo por estimarlo conveniente para el interés o el prestigio del Estado.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 8
Representar el Estado en todos los asuntos judiciales de naturaleza contencioso administrativo en que la acción entablada tenga por objeto la anulación de un acto administrativo, cuando así lo acuerde el Consejo.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 9 
Ejercer la acción civil que nazca de los delitos en que el Consejo haya sostenido la acción penal, cuando ello sea conveniente para el interés del Estado.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 10
Emitir dictámenes que el Presidente de la República o los Ministros de Estado soliciten sobre materias jurídicas determinadas.
07/08/1993
Ley orgánica del CDE
Art. 3 Nº 11
Refrendar en forma previa  los contratos que proyecte celebrar el Fisco, siempre que sea necesaria a juicio del Ministro del ramo, atendido su monto y naturaleza.
07/08/1993
Código Tributario
Art. 162
Querellarse por hechos constitutivos de delitos tributarios a requerimiento del Director de Servicio de Impuestos Internos.
31/12/1974
Decreto con fuerza de Ley
 
Nº 30 Art. 189
Querellarse por hechos constitutivos del delito de contrabando a requerimiento del Director Nacional de Aduanas.
05/08/1953
Ley 
Nº 19.966 Art. 43
Conducir el procedimiento de mediación por daños en salud pública.
03/09/2004
Decreto
 
Nº 998
Asumir la representación del Estado de Chile en las gestiones encaminadas a obtener la indemnización por actuaciones y omisiones que indica.
22/07/2008
Ley
Nº 19.300 Art. 54
Ejercer la defensa judicial del Estado en materias medioambientales, procurando obtener la reparación de los daños medioambientales y,  además, en los casos que proceda, la indemnización de los perjuicios causados al Estado de Chile y al patrimonio ambiental del país.
27/03/2007
Decreto
 
Nº 110
Intervenir en el trámite de concesión de personalidad jurídica a Corporaciones  y Fundaciones.
17/01/1979

(*): El Comité Paritario de Higiene y Seguridad es un equipo de trabajo, formado por representantes de la dirección y de los trabajadores del Servicio, quienes se integran con el propósito de encontrar soluciones y mejoras efectivas en los ámbitos de la Protección de las Personas y la Seguridad de la Institución. Las funciones del Comité Paritario son las siguientes: