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Otros Trámites

A continuación se presenta el detalle de los trámites que presta este Organismo (Consejo de Defensa del Estado) que no se encuentran publicados en ChileClic.

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Nombre del trámite, servicio o beneficio En qué consiste A quién está dirigido Dónde se realiza ¿Tiene costo? ¿Este trámite está disponible en línea? Enlace a mayor información (si existiere)
Emisión de Informes de Personalidades Jurídicas

Que es una persona jurídica: (Ministerio de Justicia)

Es un ente ficticio, capaz de ejercer derechos, contraer obligaciones y ser representada judicial y extrajudicialmente

El Ministerio de Justicia cumple responsabilidades respecto de las personas jurídicas de derecho privado, que son las fundaciones (organizaciones destinadas a beneficencia, regidas por objetivos fijados por un fundador, quien destina bienes para cumplirlos) y corporaciones (unión estable de personas asociadas para la realización de un fin que no tiene carácter de lucro)

Art. 21 del Reglamento N° 110/79 de Justicia:

El Ministerio de Justicia tiene la facultad de solicitar de las autoridades y organismos competentes los informes que legalmente deba requerir o aquellos que fundadamente estime necesarios para resolver sobre el beneficio impetrado, dentro de los cuales podrá solicitar informe del CDE, a menos en este último caso, que se trate de entidades que se acojan a un estatuto tipo.

Si los informes que estime necesario requerir no fueren evacuados dentro del plazo de 10 días hábiles, el Ministerio de Justicia podrá resolver prescindiendo de ellos.

Tramite de personalidad jurídica en el CDE:

El CDE recibe el expediente, remitido por el Ministerio de Justicia con la solicitud y antecedentes para la concesión de personalidad jurídica, aprobación de reformas introducidas a sus estatutos, cancelación de personalidad jurídica o autorización a personas jurídicas extranjeras para desarrollar actividades en el país. A continuación el expediente es asignado a un Abogado Informante especialista en el tema, quién con los antecedentes enviados por el Ministerio realiza un estudio determinando si los estatutos se ajustan a la normativa vigente, caso en el cual se informa sin observaciones, o se formulan reparos. El informe, que es preparado por el Abogado Informante, es revisado y en su caso aprobado por tres Abogados Consejeros, entre los cuales se encuentra el Presidente.

La aprobación de reformas introducidas a los estatutos, cancelación de personalidad jurídica y autorización a personas jurídicas extranjeras para desarrollar actividades en el país también son objeto de un informe elaborado por el Abogado Informante, el que también es revisado y en su caso aprobado por tres Abogados Consejeros, entre los cuales se encuentra el Presidente.

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